El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha modificado las bases de dos líneas de ayudas dirigidas a proyectos que generen o mantengan empleo en las zonas de transición justa. La Orden TED/1171/2026, de 28 de octubre, se publicó en el BOE el 6 de noviembre de 2026 y entra en vigor el día siguiente al de su publicación. Los cambios se aplicarán solo a las convocatorias que se aprueben con posterioridad a esa entrada en vigor, no a las ya lanzadas.
Las dos órdenes afectadas son la TED/1240/2022, para proyectos empresariales generadores de empleo, y la TED/1239/2022, para pequeños proyectos de inversión. Ambas se gestionan a través del Instituto para la Transición Justa y corresponden al periodo 2022-2027.
Una inversión mínima mucho más baja en pueblos pequeños
Es la novedad más relevante para el pequeño negocio. En las ayudas para pequeños proyectos, la inversión subvencionable debe seguir siendo de al menos 30.000 euros, pero baja a 6.000 euros para los proyectos ubicados en municipios de reto demográfico. El máximo se mantiene en 500.000 euros para todos los proyectos.
La propia orden explica el motivo: en la última convocatoria se admitieron bares, restaurantes, comercios minoristas, peluquerías y otros servicios, pero no se logró conceder ayuda a ningún proyecto de este tipo por los requisitos de inversión mínima y población máxima.
Ahora esas actividades podrán ser elegibles, de forma excepcional, en municipios de reto demográfico, siempre que esté debidamente justificada la relevancia del proyecto para fijar población. La norma define estos municipios como los de 5.000 habitantes o menos y los de entre 5.000 y 20.000 habitantes con densidad inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado, cuando el proyecto se desarrolle en núcleos de menos de 5.000 habitantes.
Menos presión en los primeros meses de ejecución
En la línea de proyectos empresariales se elimina la exigencia de haber ejecutado y pagado el 15 por ciento de la inversión en los nueve primeros meses. La orden reconoce que proyectos industriales que necesitan licencias de actividad o autorizaciones ambientales sufrían retrasos que acababan en la revocación de la ayuda o en que el proyecto no se ejecutara.
El requisito se traslada al momento de pedir una ampliación de plazos y baja al 8 por ciento. Quien solicite una prórroga deberá acreditar que ha ejecutado y pagado al menos ese 8 por ciento de la inversión subvencionable. Sin esa acreditación no se concederá la ampliación. Además, no se admitirá una nueva modificación de plazos si ya se concedió una ampliación de dos años sobre el plazo inicial o si se estima que el proyecto no es viable.
Penalizaciones más ajustadas
La ayuda tiene un componente de inversión y otro de empleo. Hasta ahora, un incumplimiento parcial de la inversión reducía la ayuda total en el mismo porcentaje. Con la reforma, esa reducción se aplica solo al componente de inversión. Si la creación o el mantenimiento del empleo es parcial, se minora además el componente de empleo en el mismo porcentaje de incumplimiento.
La revocación sigue siendo total si no se alcanza el requisito mínimo de inversión o de actividad.
Límite de minimis más alto
La orden adapta las bases al Reglamento (UE) 2023/2831 sobre ayudas de minimis. El límite de ayuda total de minimis que puede recibir una única empresa en cualquier periodo de tres años sube a 300.000 euros, o al que establezca cada convocatoria según los criterios de la Comisión Europea.
Qué debes hacer
- Comprueba si tu municipio encaja en la definición de municipio de reto demográfico y si tu actividad figura entre las elegibles.
- Espera a que se publique una nueva convocatoria: los cambios no se aplican a las anteriores y la orden no indica fechas para las próximas.
- Lee las bases de la convocatoria cuando salga, porque puede concretar requisitos y plazos.
- Consulta con un asesor si tienes otras ayudas de minimis, para no superar el límite.
Nota: información basada en el texto publicado en el BOE (2026-11-06). Contenido informativo, no asesoramiento. Confirma los datos en la fuente oficial antes de actuar.