La principal novedad reciente en materia de jubilación para quienes quieren seguir trabajando es el Real Decreto 416/2026, publicado en el BOE el 28 de mayo y en vigor desde el 28 de agosto de 2026. Por primera vez, la jubilación flexible puede compatibilizarse con una actividad por cuenta propia.
Qué permite el nuevo real decreto
Según el texto publicado:
- Se puede compatibilizar la pensión con una actividad por cuenta propia si el beneficiario no ha estado de alta como autónomo en los tres años anteriores al hecho causante.
- En esa modalidad, la pensión que se percibe es del 25 %.
- Para el trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial, la norma regula jornadas del 33 % al 80 %, con incrementos del 15 % o del 25 % sobre la pensión.
- El Gobierno debe evaluar la medida con los agentes sociales en el plazo de un año.
La jubilación activa, otra vía
El artículo 214 de la Ley General de la Seguridad Social regula la jubilación activa, vigente desde el 1 de abril de 2025 tras el Real Decreto-ley 11/2024. El porcentaje de pensión que se cobra depende de los años de demora en la jubilación: 45 %, 55 %, 65 %, 80 % y 100 % para uno, dos, tres, cuatro y cinco o más años, con un incremento de cinco puntos por cada doce meses completos adicionales. Si el autónomo tiene un trabajador por cuenta ajena contratado con carácter indefinido, el porcentaje es del 75 % cuando la demora es de uno a tres años. Durante la compatibilidad, se cotiza solo por incapacidad temporal y contingencias profesionales, más una cotización de solidaridad del 9 % que no computa para prestaciones (art. 310).
Qué conviene valorar
- La diferencia de porcentajes. En la modalidad flexible por cuenta propia se cobra el 25 %; en la activa, el porcentaje depende de los años de demora.
- El requisito de los tres años sin alta como autónomo en la flexible: afecta a quien ya es autónomo y quiere seguir.
- La evaluación pendiente. El propio real decreto prevé revisar la medida en un año.
Nota: contrastado con el texto del BOE a 19 de octubre de 2026. Antes de elegir modalidad, solicita un informe de tu pensión en la Seguridad Social.